GASTOS DE TELÉFONO SIN LA EMISIÓN DEL COMPROBANTE DE PAGO

El inciso j) del artículo 44 del TUO de laLey del Impuesto a la Renta estipula que no son deducibles los gastos cuya documentación sustentatoria no cumpla con los requisitos y características mínimas establecidos por el Reglamento de Comprobantes de Pago.

APLICACIÓN PRÁCTICA

 El señor Amaro Huarcaya Hever Sergio es encaragado del área de contabilidad  de la empresa CONSULTORES Y ASESORES SAC. incurre en gastos de teléfono a través llamadas desde teléfono públicos que funcionan con monedas o tarjetas telefónicas, este trabajador realiza sus operaciones en lugares remotos de la Sierra Central por lo que es muy difícil obtener comprobantes de pago de sus proveedores. El desembolso ocasionado es de S/. 150.00  mensuales. Se nos consulta si estos gastos serán deducibles para el Impuesto a la Renta teniendo en cuenta que no se sustentaron con comprobantes de pago.

Solución:
Si bien es cierto, en principio la Ley del Impuesto a la Renta, no permite la deducción de gastos sin comprobantes de pago según lo establece el artículo 44 de la Ley del Impuesto a la Renta, por ello, si no se logra sustentar fehacientemente con el comprobante de pago, dichos desembolsos no serán aceptados. En el presente caso, por la naturaleza de las operaciones que realiza la empresa estos desembolsos son necesarios para el cabal desempeño de la actividad que realiza a través de uno de sus trabajadores. Pues bien estos desembolsos se originan por las llamadas desde teléfonos públicos que funcionan con monedas o tarjetas telefónicas por el uso de los cuales no entregan comprobantes de pago.

En ese orden de ideas, que este gasto cumple con el principio de causalidad estipulado en el párrafo anterior, y teniendo en cuenta la particularidad de sus operaciones comerciales que involucra labores de promoción directa a sus potenciales compradores y además que por ejemplo el Tribunal Fiscal en las resoluciones N°s 01215-2-2002 y 2439-4-96 considera que la causalidad un gasto puede acreditarse no solo con comprobantes de pago, sino también con otros documentos que acrediten fehacientemente el destino del gasto y de ser el caso subeneficiario, así como demostrar si esproporcional y razonable.

A continuación se muestra la planilla especial de teléfono donde se sustenta eldesembolso ocasionado por el encaragado del área de contabilidad  Amaro Huarcaya Hever Sergi

PLANILLA ESPECIAL DE GASTOS DE TELEFONÍA
NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA CONSULTORES Y ASESORES SAC
PERIODO OCTUBRE 2013
APELLIDOS Y NOMBRES DEL TRABAJADOR AMARO HUARCAYA HEVER SERGIO
DOCUMENTO DE IDENTIDAD 4351583153
AREA AL QUE PERTENECE EL TRABAJADOR CONTABILLIDAD
CARGO DEL TRABAJADOR ENCARGADO DEL  AREA CONTABILIDAD
FECHA MOTIVO DEL GASTO MONTO

02/10/2013

LLAMADAS DE TELÉFONO PÚBLICO 12.00
04/10/2013 COMPRA TARJETA  TELEFÓNICA 11.11
07/10/2013 LLAMADAS DE TELÉFONO PÚBLICO 14.16
09/10/2013 COMPRA TARJETA  TELEFÓNICA 14.00
12/10/2013 LLAMADAS DE TELÉFONO PÚBLICO 15.60
14/10/2013 COMPRA TARJETA  TELEFÓNIC 10.00
16/10/2013 LLAMADAS DE TELÉFONO PÚBLICO 13.00
19/10/2013 COMPRA TARJETA  TELEFÓNICA 16.00
22/10/2013 LLAMADAS DE TELÉFONO PÚBLICO 17.00
24/10/2013 LLAMADAS DE TELÉFONO PÚBLICO 12.00
  TOTAL 134.87

 El registro contable del sería sabiendo que le otorgo entregas  a rendir la suma de s/. 150.00  Nuevos Soles

14 Cuentas por cobrar al personal,    a los accionistas (socios),directores y gerentes
141 Personal
1413 Entregas a rendir cuenta.................150.00

10 Efectivo y equivalentes de efectivo
1011 Caja...................................................................150.00

**** Por la entrega a rendir cuenta por parte del trabajador

Cuando se efectúa la rendición de cuentas por parte del trabajador se efectuará un asiento afectando a resultados

63 Gastos de servicios prestadospor terceros
636 Servicios básicos
6364 Teléfono....................................134.87

10 Efectivo y equivalentes de efectivo
1011 Caja........................................15.13

14 Cuentas por cobrar al personal,    a los accionistas (socios),directores y gerentes
141 Personal
1413 Entregas a rendir cuenta......................................150.00

*** Por el reconocimiento del gasto y la rendición de entregas****

Por lo expuesto, estos gastos son aceptadosdebido a que cumplen el principiode causalidad y están sustentados enuna planilla de teléfono en la cual se deja constancia del destino del gasto.

CONCLUSIONES
- En el presente caso, el gasto de teléfono sin el correspondiente comprobante de pago puede ser deducible siempre y cuando exista causalidad y             proporcionalidad en el desembolso ocasionado.
- Para probar la causalidad del gasto se puede sustentar con otros documentos donde se acredite el destino del mismo.
- Es importante señalar que, la deducción del gasto analizado líneas arriba procederá para aquellas empresas que se ven imposibilitadas de poder conseguir un comprobante de pago por la naturaleza en que están inmersas y la necesidad de realizar sus operaciones

 

JURISPRUDENCIA
RTF N° 01215-5-2002

Los gastos de movilidad y teléfono constituye condición de trabajo y no una contraprestación de servicios como señaló la Administración Tributaria, si bien no se trata de remuneraciones, se encuentran sustentadas en las planillas de movilidad y telefonía que han sido suscritas con los trabajadores, por lo que no cabe condicionar su deducción a la presentación del comprobante de pago, ya que se trata de montos entregados en efectivo y en montos razonables.

 

 


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